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Legislatura: 1871-1872 (Cortes de 1871 a 1872) |
Sesión: 7 de julio de 1871 |
Cámara: Congreso de los Diputados |
Discurso / Réplica: Respuesta al Sr. Soler |
Número y páginas del Diario de Sesiones 91, 2.355 |
Tema: Incompatibilidades |
El Sr. Ministro de la GOBERNACIÓN (Sagasta): Es para decir al Sr. Soler que al insistir en que el Gobierno ha cometido infracciones, lo hace porque desconoce perfectamente la ley de contabilidad, en la cual encontrará S. S. la facultad que el Ministro tiene para eso. Véalo S. S. y se convencerá de que padece un error, y que sobre un error ha hecho cargos muy graves al Gobierno, como sucede casi siempre. Se hace alarde de ser fuertes y duros, sobre nada; la mayor parte de las veces por error, algunas por ignorancia, que no todos sabemos ni estamos en obligación de saberlo todo; y S. S. no sabe o no tiene presente la ley de contabilidad, y en un error de ignorancia ha fundado cargos gravísimos al Gobierno, que yo rechazo. Pero al insistir en el cargo que el Sr. Soler hacía al Gobierno, ha venido a darme la razón, porque ha dicho que de alguna manera el Gobierno estaría autorizado para nombrar los empleados que quisiera. No; porque los sueldos están consignados según su categoría en la ley de presupuestos; y así, desde el momento que yo nombro un director general de política el sueldo está consignado en el presupuesto, y eso es lo que dice la ley: son incompatibles los destinos que, teniendo una categoría, no tengan un sueldo consignado en el presupuesto de tal cantidad: es decir, el sueldo de 12.500 pesetas en propiedad.